En PBC Consulting nos encargamos de realizar el informe de experto externo en prevención de blanqueo para su empresa
En PBC consulting trabajamos con los mejores expertos externos en prevención de blanqueo de capitales para que pueda cumplir con las exigencias establecidas con el SEPBLAC.
Un informe del experto externo que deberá describir de forma detallada las medidas de control interno adoptadas por cada sujeto obligado, valorando su eficacia operativa y proponiendo, en su caso, eventuales mejoras o modificaciones.
¿Qué le ofrecemos al realizar el informe experto externo de su empresa?
- Trabajamos únicamente con expertos externos autorizados por el SEPBLAC.
- Garantizamos la total independencia del experto externo.
- Realización del informe de seguimiento que prevé la normativa de blanqueo.
¿Necesita realizar el examen de experto externo para su empresa?
Como ya sabe, algunos sujetos obligados por la Ley 10/2010 necesitan realizar un examen por parte de un experto externo. Este profesional deberá ejecutar su trabajo de conformidad con la Orden EHA/2444/2007, de 31 de julio.
El artículo 28 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, establece que las medidas de control interno adoptadas por los sujetos obligados deben ser sometidos a un examen anual realizado por un experto externo.
¿Por qué debería realizar un informe de experto externo?
Si está obligado a someter a examen las medidas implantadas dentro de su empresa por parte de un experto externo y no lo hace, lo primero que tiene que saber es que se enfrenta a una multa mínima de 60.000€.
Recuerde que el artículo 52 de la Ley de prevención de blanqueo de capitales califica como una infracción grave la falta de cumplimiento de la obligación de examen de experto externo.